Con el propósito de definir la naturaleza jurídica de las condiciones en que puede realizarse lícitamente la interrupción del embarazo, el diputado local Jorge Adalberto Escudero Villa, en coordinación con Raquel Arely Torres Miranda, Consejera Social del Instituto Nacional de las Mujeres y vicepresidenta y coordinadora del área de Equidad y Género de la Asociación Civil CODISEEG, presentarán este jueves una iniciativa que plantea reformar el Código Penal y la Ley de Salud del Estado de San Luis Potosí.
El legislador señaló que el objetivo primordial es garantizar de manera efectiva el derecho de las mujeres a la salud, la libertad, la autonomía, la igualdad y la no discriminación, a la educación, a la vida y a la integridad física y psíquica, así como garantizar el acceso efectivo a servicios de salud sexual y reproductiva, y a la educación sexual.
Consideró necesario ajustar los requisitos necesarios para el supuesto en que, una mujer fue violada sexualmente y, a consecuencia de ello quede embarazada, el derecho a gozar de una vida libre de violencia, especialmente de violencia sexual, y a no sufrir una maternidad impuesta por una relación sexual forzada. Además de los derechos constitucionales relacionados con la autonomía reproductiva de las mujeres y el derecho a decidir libremente la maternidad.
Asimismo, se propone adicionar el supuesto de aborto por malformaciones genéticas o congénitas del producto que causen trastornos físicos o mentales graves, y se proponen reformas y adiciones a la Ley de Salud para el Estado de San Luis Potosí, con el fin de establecer la obligación de las autoridades de salud del Gobierno del Estado, de proporcionar los servicios de interrupción legal del embarazo, de regular la objeción de conciencia y la obligatoriedad del médico de referir a la paciente con quien no sea objetor; así como el interés prioritario de la capacitación y los programas de servicios de salud para evitar embarazos no deseados y/o no planeados.
La iniciativa se presentará en la sesión ordinaria del día de mañana y plantea reformar los artículos, 148, 149 y 150 del Código Penal del Estado de San Luis Potosí; y el artículo 57 en su párrafo primero, de la Ley de Salud del Estado de San Luis Potosí; así como adicionar al artículo 57, los párrafos tercero y cuarto, recorriéndose el actual párrafo tercero para quedar como párrafo quinto; al artículo 58 las fracciones, IX, X, XI y XII; y los artículos, 58 Bis y 58 Ter, de la Ley de Salud del Estado de San Luis Potosí.