Con el fin de apoyar en la correcta impartición de justicia para integrantes de comunidades indígenas y en general, a las personas que no hablan o entienden suficientemente el idioma español, los diputados integrantes de la Comisión de Justicia aprobaron la iniciativa de modificación al artículo 39 del Código de Procedimientos Penales del Estado de San Luis Potosí.
El legislador Juan Manuel Segovia Hernández presidente de la Comisión de Justicia, manifestó que esta iniciativa establece que se deberá nombrar de oficio a un intérprete a las personas que enfrentan algún proceso judicial y que no hablan o entiendan suficientemente el idioma español.
Además, cuando alguna de las partes no hablen español, deberá escribirse la declaración en el idioma, lengua o dialecto del declarante, a fin de que el intérprete haga la traducción respectiva.
Explicó que actualmente, el Código de Procedimientos Penales establece que será a petición de parte, la posibilidad para el inculpado de algún delito de contar con un traductor, situación que resulta incongruente debido a que se trata de una persona que no comprende el idioma español.
“Partiendo de esa premisa, con seguridad le resultará imposible ejercer el derecho de solicitar que se le asigne un intérprete, si es que sabe que lo posee, o bien en su caso, la imposibilidad de que las autoridades puedan hacerlo de su conocimiento si partimos del hecho de que no comprende el idioma español”, se indica en el dictamen.
Se manifiesta que la asistencia de un intérprete o traductor deberá comprender desde la denuncia hasta la conclusión del procedimiento penal, ya que el intérprete abre un canal de comunicación entre el inculpado y las autoridades, que hablan diferentes idiomas o dialectos.
Esta iniciativa fue aprobada también por las comisiones de Asuntos Indígenas y Derechos Humanos, Equidad y Género, por lo cual será turnada para conocimiento del pleno en las próximas semanas.