Hoy se votará la nueva Ley de Bebidas Alcohólicas

El objetivo principal de la a la Ley de Bebidas Alcohólicas del Estado de San Luis Potosí,será el fortalecer las medidas de prevención, mejorar el marco jurídico, generar una mayor corresponsabilidad de los padres de familia y regular la venta y consumo de bebidas más ordenadamente.
La diputada Marianela Villanueva Ponce, destacó que este jueves se presenta ante el pleno del Congreso el dictamen para expedir la Ley de Bebidas Alcohólicas del Estado de San Luís Potosí, la cual es el resultado del trabajo desarrollado al interior de la LX Legislatura donde se han escuchado a todos los sectores involucrados para mejorar y adecuar dicha Ley.
La legisladora señaló que se trata de una ley acorde a los 58 ayuntamientos y que ha sido impulsada por diversos sectores económicos y que además toma en cuenta a las comunidades indígenas, además de que se armonizará y concatenará con la Ley General de Salud y con las Normas Oficiales Mexicanas.
Dijo que en esta reforma se agrega el término de bebidas falsificadas, ya que actualmente sólo se nombra a las bebidas adulteradas, siendo que en la Ley General de Salud se toman en consideración los dos términos.
Además se elimina el término de “Ladies bar” ya que éste resulta una discriminación de género o se presta a que existan establecimientos que faciliten la práctica de trata de personas, además de contravenir las políticas de equidad de género.
La legisladora Marianela Villanueva Ponce expuso que se definen los términos bebida alcohólica de alta, mediana y baja graduación en homologación con el Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios, de aplicación federal, siendo los ayuntamientos los facultados para otorgar las licencias de venta consumo y distribución de bebidas alcohólicas de media y baja graduación, y el Gobierno del Estado a través de la Dirección de Gobernación las de alta graduación.
Se obliga a las autoridades, ya sea Gobierno del Estado o Ayuntamiento, a contar con un padrón único de establecimientos, mismo que será público y en el que se podrá consultar el domicilio del establecimiento así como el giro de licencia.
Se esclarece la facultad de los municipios para solicitar al Ejecutivo del Estado la cancelación de licencias de bebidas alcohólicas, expedidas por el mismo o viceversa, en caso de reincidencia de infracciones o que afecten a la paz e interés social de la localidad.
Se fortalecen acciones en materia de prevención ya sea con padres de familia, titulares de licencias y autoridades, independientemente de las que la ley ya contaba.
Se incrementan las multas por sanciones graves, independientemente de la clausura del establecimiento y cancelación de licencia.
Tratándose se comunidades indígenas, éstas podrán expedir licencias, previo convenio que celebren con el Ejecutivo del Estado, escuchando la opinión del ayuntamiento correspondiente, siempre y cuando se trate de establecimientos cuyo giro mercantil sea la venta de bebidas alcohólicas de baja graduación.
En el tema de los horarios, se determinó ampliar a una hora la venta de botella cerrada; para los demás casos que continúen los establecimientos con los días no laborales que establece la Ley Federal del Trabajo; entre otras modificaciones.