Agua potable

Con las reformas constitucionales que en octubre de 2011 se aprobaron, internacional-mente se garantiza de manera gratuita el derecho al agua potable como un derecho hu-mano.
En materia de derechos hu-manos existe una extensa lista de convenciones y pactos internacionales, entre los más importantes en que México ha participado podemos encontrar la Declaración Universal de Derechos Humanos, Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales, Pacto Internacional de derechos Civiles y Políticos, la Convención de los derechos del Niño, entre otros.
A pesar de que el Derecho Humano al Agua resulta de todos estos derechos reconocidos, como el derecho a una vida digna, derecho a la alimentación, el derecho a la salud, y otros, no solo la Convención sobre los Derechos de los Niños hace referencia al derecho al acceso a agua potable salubre. Hoy es un derecho de toda la humanidad
El artículo 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos establece:
Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez.
La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales.
Todos los niños, tienen derecho a igual protección social.
¿Cómo podríamos entender los derechos reconocidos en el artículo 25 de la declaración universal de los derechos humanos sin el reconocimiento de el derecho humano a agua potable?, se podrían realizar todos estos derechos sin tener acceso a agua? ¿Cómo podría una persona tener una salud adecuada, acceso a comida, vestido y vivienda sin contar con agua potable?
Lo anterior nos hace pensar que tal vez el agua es un recurso tan fundamental para la vida del ser humano, como el aire, y que resulta innecesario el que se haga una referencia explícita.
Pero para poder entender las diversas posturas y el significado del derecho humano al agua, es necesario explicar en qué consiste el que un derecho sea reconocido y cuáles son sus implica-ciones.
Las recientes reformas a la Constitución General de la República en México sirven de protección a los derechos básicos del hombre. Por lo que el derecho al agua como una garantía individual debe entenderse como la obligación del Estado sin condiciones de proteger y promover el derecho humano a tener acceso a los servicios de agua potable.
En definitiva, los derechos difusos sobrevienen a última hora de este momento de la humanidad, siendo prohi-jados por el común de los países civilizados en la medida que han sido reconocidos por el Derecho Internacional como derechos de última generación, llamados Derechos de los Pueblos o Derechos de Solidaridad (derecho a la paz, al patrimonio común de la humanidad, a la solidaridad, al desarrollo, a la comunicación, etc.)
Este derecho difuso pudo ejercerse desde el año 2010 cuando el INTERAPAS recibió una partida de 1,020 millones de pesos y que nunca se supo con precisión su destino y que pudieron haberse construido un promedio de 100 mil aljibes para enfrentar las sequías que ya se anuncian que afectarán a esta parte del hemisferio en 2015 y que es obligación de manera directa que el INTERAPAS solucione la escasez de agua, porque es un derecho humano consagrado en tratados internacionales y en la Constitución de México.