Prohiben a gruyeros cobrar directamente el servicio y pensión a los infractores

A partir de un punto de acuerdo presentado por el diputado Francisco Martínez Ibarra, el pleno del Congreso del estado aprobó solicitar a los 58 ayuntamientos informar sobre la actualización del reglamento interno, donde especifica la obligación del infractor de tránsito de pagar directamente en la Tesorería el importe por el servicio de grúa.
La reforma aludida fue publicada en el Periódico Oficial del Estado el pasado 14 de enero del 2014, y establece que queda prohibido que los prestadores de servicio de grúa y pensión realicen el cobro de manera directa al infractor, en los casos en que haya sido necesario el uso de grúa.
Una vez que el Poder Legislativo determinó modificar el marco normativo en materia de uso de grúas para movilizar los vehículos cuyos conductores hayan cometido infracciones de tránsito que lo amerite; y que en el artículo segundo transitorio se estableció un plazo de seis meses para actualizar su leyes de ingresos y regularizaran los convenios con particulares para la prestación de dicho servicio, cuando el ayuntamiento respectivo no cuente con grúas de su propiedad.
Sin embargo, el diputado Martínez Ibarra, señaló que a la fecha no se tiene información respecto de cuantos municipios han actualizado sus procedimientos internos, ni cuantos han celebrado convenios de colaboración con empresas privadas para la prestación del servicio de arrastre, además se desconoce cuáles municipios cuentan con espacios para depositar los vehículos que sean inmovilizados por infracciones de tránsito.
Dijo que por tratarse de un asunto cuyo plazo expiró el 14 de Julio del presente año; así como de la proximidad de las fechas decembrinas en la que se intensifica la movilidad de vehículos en nuestra entidad, y la presentación de iniciativas de leyes de ingresos de los 58 municipios, el presente punto de acuerdo se encuentra dentro de la hipótesis de urgente y obvia resolución.