El recurso de amparo interpuesto por las Agrupaciones Políticas Estatales contra el organismo electoral, por considerar que fueron objeto de trato inequitativo en materia de incremento de 70 por ciento en las participaciones públicas a los partidos políticos, resultó favorable para los quejosos, quienes en voz del presidente de la Coordinadora Ciudadana, Arturo Ramos Medellín consideraron como un triunfo.
No obstante, aseveró el mismo Ramos Medellín en conferencia de prensa, las Agrupaciones Políticas Estatales no tendrán de inmediato el beneficio, ya que el recurso para cubrir el incremento proporcional que corresponde a dichas agrupaciones no fue presupuestado ni autorizado por el Congreso para el ejercicio fiscal correspondiente.
Por esta razón, explicó Arturo Ramos, se ha comprometido, de acuerdo con el dictamen del juzgador, al pago retroactivo al mes de junio, en el contexto del siguiente ejercicio fiscal, del año de 2015.
El recurso fue interpuesto en la Sala del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en la ciudad de Monterrey, Nuevo León, donde se resolvió que las APES tenían un derecho adquirido presupuestalmente para el año de 2014, resolviendo que la Nueva Ley Electoral, en el sentido de que esta legislación sería inaplicable, en la medida en que ello afectaría derechos adquiridos y ocasionaría perjuicios.
En este sentido, explicó el abogado Alejandro Rivera del Campo, el Tribunal resuelve la devolución de las partidas aprobadas en proporción a los partidos, lo que consideró como una buena noticia ya que las Agrupaciones Políticas tienen, al igual que los partidos, en el ámbito electoral, una función de promocionar la democracia.
Por otra parte, el tribunal electoral no se pronunció frente a un planteamiento específico de trato diferenciado, toda vez que la legislación electoral otorga a los partidos un 70 por ciento de incremento en sus recursos, mientras que a las Agrupaciones Políticas les deja fuera de este beneficio, sin atender que estas también tienen funciones de promoción democrática.
Adelantó que en 2015 volverá a debatirse el tema a fin de que se dé un trato igualitario a los partidos y a las agrupaciones políticas, toda vez que estas y los partidos pueden formar acuerdos de participación para la promoción del voto.
Los abogados de las APES indicaron que, además, los juzgadores reconocen que el presupuesto asignado a las Agrupaciones hacían complicado a estas el cabal cumplimiento de función de promoción del voto, considerando que la resolución hace justicia al reclamo ciudadano.
Para Arturo Ramos, la resolución es un indicador de que los ciudadanos sí pueden recurrir y ser atendidos por una instancia superior cuando los ciudadanos reclaman un agravio como el que se desprende desde el Congreso del Estado, y es un llamado a los legisladores para que sus acciones se apeguen permanentemente a estricto derecho y dejen de actuar de manera por demás caprichosa o con la intención e interés de afectar a algunas personas.