El Congreso del Estado deroga la figura de rapto

La Diputada, Marianela Villanueva Ponce celebró que se haya derogado la figura de rapto del Código Penal, ya que cuando una mujer era sustraída de su libertad con fines sexuales y después el agresor contraía matrimonio con ella, no se podía denunciar y ahora con la aprobación de esta reforma si podrán denunciarlo ante las autoridades.

Agregó que con la eliminación de la figura de un rapto, ahora cualquier mujer que sufra algún tipo de abuso puede denunciar aunque posteriormente el agresor contraiga matrimonio.

Villanueva Ponce manifestó que al derogar la figura de rapto del Código Penal del Estado,el marco jurídico se apega a los derechos humanos velando por el bien de las niñas, los niños y adolescentes.

Por ello, el Pleno del Congreso del Estado aprobó reformar el artículo 134; y derogar del Título Segundo de la Parte Especial, el capítulo VII y sus artículos 142  y 143, del Código Penal del Estado de San Luis Potosí.

El artículo 134, establece que se impondrá de seis meses a tres años de prisión y de veinticinco a cien días de sanción pecuniaria, al particular que prive a otro de su libertad, sin el propósito de obtener un lucro.

La pena de prisión se aumentará hasta en una mitad cuando: la privación de la libertad exceda de veinticuatro horas; se realice con violencia; la víctima sea menor de dieciocho, o mayor de sesenta años de edad; o cuando por cualquier circunstancia, la víctima esté en situación de inferioridad física o mental respecto de quien la ejecuta.