Cooperativas escolares deberán retirar alimentos industrializados

Fueron instrumentadas por la Secretaria de Salud de Gobierno del Estado, la Comisión Estatal Para Riesgos Sanitarios y la Secretaría de Educación una serie de estrategias para el expendio de bebidas y alimentos en establecimientos de consumo escolar en los planteles de educación, a fin de reducir el sobrepeso y la obesidad infantil.
Las modificaciones en el listado de lo que deben expender las cooperativas deberán aplicarse en todos los planteles públicos y privados de nivel básico, donde se contemplan las siguientes especificaciones para los alimentos envasados: no se permite la venta de alimentos envasados que no cuenten con la etiqueta nutricional visible, clara y entendible fecha de caducidad y lista de ingredientes.
De acuerdo al listado estatal vigente para el expendio de bebidas y alimentos en establecimientos escolares son; frutas como fresas, naranja, mandarina, manzana, pera, plátano, no están permitidos las frutas en almíbar, cubiertas de tamarindo, deshidratas con azúcar o cubiertas de chocolate.
Verduras como acelgas, Champiñones, espinacas jícama, lechuga, nopales, pepino, brócoli, chayote y zanahorias; no está permitido verduras con crema, empanizadas fritas o capeadas; Cereales como amaranto, tortilla, pan integral, arroz, avena, papa y elote, no está permitida preparaciones fritas o tostadas, sopes, gorditas, así como agregar chocolate, miel o piloncillo, pizza, tamales, sopas instantáneas, hotcakes. No se permite el consumo de azúcares dentro de la cooperativa escolar como cajeta, caramelos, gelatina, gomitas, jugos de fruta, malvaviscos, mermeladas, miel, paletas, helados, salsa de tomate, flan.
Solo se permite la venta de todas las botanas saladas con etiqueta nutrimental que cumplan con los siguientes requerimientos: número de porciones por paquete, contenido menor a 130 calorías, contenido de grasas 5 gramos; azucares simples 3 gramos; sodio de 180 gramos.