Reforma energética omite protección a Patrimonio Cultural

La Ley de Hidrocarburos, una de las leyes secundarias en materia energética recientemente aprobada por la Cámara de Diputados, que establece las reglas para los contratos y licencias para exploración y extracción de hidrocarburos que el gobierno mexicano podrá suscribir con empresas privadas, deja de lado el tema de la preservación de zonas de monumentos y sitios arqueológicos e históricos.

En varios artículos (41, 90 y 121) de esa nueva disposición que forma parte del paquete de leyes de la reforma energética, se hace referencia a la protección de reservas ecológicas y se específica la conservación del medio ambiente y recursos naturales, pero nada se dice sobre la protección de zonas de monumentos y sitios arqueológicos e históricos, a pesar de que diversos yacimientos de hidrocarburos en el país se encuentran en territorios con potencial arqueológico e histórico.

En la región de Chicontepec, Veracruz, por ejemplo, donde existe una de las mayores concentraciones geológicas de hidrocarburos del continente, arqueólogos del INAH han detectado más de 580 sitios con arquitectura prehispánica todavía sin explorar; la Sonda de Campeche, donde existen diversas plataformas de extracción de petróleo y gas natural, es considerada por los arqueólogos subacuáticos como un banco de tesoros históricos, pues en sus profundidades se han detectado varios restos de barcos hundidos por los naufragios que se registraron entre los siglos XVI y XX. En esa superficie marina podría hallarse también el pecio del mítico navío Nuestra Señora del Juncal.

En su artículo 90, la Ley de Hidrocarburos señala que «en todo momento deberán seguirse criterios que fomenten la protección, la restauración y la conservación de los ecosistemas, además de cumplir estrictamente con las leyes, reglamentos y demás normativa aplicable en materia de medio ambiente, recursos naturales, aguas, bosques, flora y fauna silvestre, terrestre y acuática, así como de pesca».

Así como en este artículo, comenta el antropólogo Bolfy Cottom, en otros también se enfatiza la protección del medio ambiente, pero se deja fuera todo lo relacionado con los espacios culturales, como zonas de monumentos y sitios arqueológicos, que están legalmente protegidos por la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos de 1972.

Con estas disposiciones, así como en las modificaciones a las legislaciones mineras -explica el especialista en legislación cultural- también se omite la protección de los lugares sagrados o rutas de peregrinación de los pueblos y comunidades indígenas, que en los últimos años se han visto afectadas por proyectos de explotación minera. Así ha sucedido en el cerro de San Pedro, símbolo del escudo de San Luis Potosí, el caso del Wirikuta, territorio sagrado de los huicholes, o en el caso del cerro del Jumil, en la poligonal de la zona arqueológica de Xochicalco, Morelos.

Si bien la Ley de Hidrocarburos señala que antes del otorgamiento de una concesión se realizará un estudio de impacto social, Cottom sostiene que también debería exigir «un estudio de impacto cultural», ya que algunos de esos proyectos podrían transformar los paisajes culturales y romper las dinámicas de vida de esos pueblos.

«Hay varias disposiciones que dejan ver un vacío que indica que otra vez la parte cultural queda desdeñada. Partiendo de los ejemplos de Xochicalco y San Luis Potosí, los espacios culturales y la dinámica cultural de los pueblos creo que están, en el mejor de los casos, en incertidumbre, y en el peor de los casos, en un gran peligro», advierte.

Con él coincide la arquitecta Olga Orive, directora de ICOMOS México (consejo consultivo de la UNESCO), quien recuerda que uno de los problemas que se ha visto con la concesión de permisos de exploración a mineras es que no se toma en cuenta el patrimonio y la identidad de los pueblos vivientes. En el Wirikuta, a pesar de ser un territorio incorporado a la Red Mundial de Sitios Sagrados Naturales de la UNESCO y declarado Área Natural Protegida por el gobierno local, se otorgó concesiones a empresas mineras extranjeras sin tomar en cuenta la importancia religiosa que los huicholes le dan a ese espacio.

El problema, señala, es que las leyes mexicanas no han incorporado la protección del patrimonio de una manera integral, donde se incluyan los elementos materiales, inmateriales, así como las prácticas, paisajes e itinerarios culturales, elementos que se han incorporado a la Convención sobre la protección del patrimonio mundial, cultural y natural de la UNESCO de 1972, firmada por México. «Ahí México está fallando. Firmamos los acuerdos pero luego no empatamos nuestra legislación. En la Convención ya se está hablando de protección de paisajes, rutas e itinerarios culturales, pero en las legislaciones mexicanas no se está haciendo nada. Ya se debería estar pensando en incluir estos elementos, que bien podrían ayudar en la conservación de los sitios sagrados o centros ceremoniales», dice.

Ante las nuevas disposiciones en materia energética, las instituciones encargadas de la protección del patrimonio cultural, como INAH, deberían estar al pendiente de las reformas y de cómo proceder para otorgar permisos a particulares en sitios con vestigios arqueológicos o históricos para la extracción de hidrocarburos y otros minerales, dice el antropólogo.

Salvamento

Hasta ahora, los permisos para los proyectos de exploración y extracción de hidrocarburos en sitios con potencial arqueológico que lleva a cabo Pemex se dan luego de que el INAH realiza trabajos de salvamento arqueológico. En Chicontepec, arqueólogos han comenzado un proyecto de ordenamiento territorial, el cual inició como labor de salvamento arqueológico con motivo de los trabajos de Pemex para detectar hidrocarburos en la región.

El INAH, por su parte, asegura que esperará a que las nuevas disposiciones se publiquen para opinar respecto a cuáles serán los procedimientos para el otorgamiento de permisos de exploración en sitios arqueológicos o históricos.

Margarita Saldaña, presidenta de la Comisión de Cultura de la Cámara de Diputados, comenta que aunque se evaluó la posibilidad de incluir el tema de la protección de sitios y monumentos en algunos paquetes de leyes que se modificaron con la reforma energética, se llegó a la conclusión de que no era necesario, «todo lo que tiene que ver con monumentos arqueológicos, históricos y artísticos está totalmente protegido por la Ley de Monumentos. Creemos que ésta debe operar si en algún momento, junto a un lugar donde existieran monumentos hay un espacio de explotación; antes de ingresar cualquier empresa a tratar de explotar un sitio de esa naturaleza, tendría que sujetarse a lo que dice la Ley de Monumentos».

Saldaña asegura que con la última reforma a la Ley de Monumentos, en donde se contemplan sanciones de dos a 15 años de prisión en caso de particulares, y el doble en caso de servidores públicos, para quien atente contra el patrimonio arqueológico e histórico, debería ser suficiente para desalentar a cualquiera que pretenda dañar zonas de monumentos y sitios arqueológicos.