A partir de este martes entrará en vigor la reforma al artículo 41 de la Constitución con lo cual, la compra o adquisición de cobertura informativa en radio y televisión, fuera de lo previsto en la Ley, será causal de nulidad de una elección federal o local.
La Secretaría de Gobernación publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por medio del que se reforma el inciso b) del tercer párrafo de la Base VI del Artículo 41 de la Constitución.
Con esta modificación se agrega que la palabra adquirir, no sólo comprar, la cobertura informativa o tiempos de radio es motivo de que se establezca el sistema de nulidades de las elecciones federales o locales por violaciones graves, dolosas y determinantes.
Esta modificación fue propuesta por el presidente Enrique Peña Nieto en enero pasado como parte de los pendientes de la Reforma Político Electoral.