Ordena Tribunal Electoral reinstalación de síndico “destituido” por alcalde panista de Ébano

  • Crispín Ordaz había relevado a Pedro Javier González Ramírez por 3 faltas injustificadas
  • TEE determina que sólo el Congreso del Estado tiene esas facultades

El Tribunal Electoral del Estado (TEE) anuló la destitución del síndico de Ébano, Pedro Javier González Ramírez ocurrida hace aproximadamente tres meses por parte del alcalde panista Crispín Ordaz Trujillo.

En marzo, González Ramírez había sido destituido de su cargo, sin embargo, los magistrados determinaron que fue ilegal. El argumento del alcalde panistas y el Cabildo fue que sumó tres faltas injustificadas a sesiones.

González Ramírez interpuso un Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano, el cual fue resuelto en su favor dado que el Cabildo no tiene facultades para destituirlo.

En el proceso, el ayuntamiento calificó como “irresponsable” la conducta del síndico por “sus sistemáticas inasistencias a las sesiones de cabildo, porque al menos tuvo más de tres faltas injustificadas”, lo que dejó sin quórum las sesiones de Cabildo.

El expediente de la magistrada Dennise Adriana Porras Guerrero fue aprobado por unanimidad, y en él, los magistrados señalaron que la facultad para suspender o revocar el mandato de un miembro del ayuntamiento es del Congreso local.

Determinó además que la Ley Orgánica Municipal ya establece un procedimiento específico para sancionar las inasistencias del síndico, y ésta no es su destitución, tal y como lo determinó Ordaz Trujillo y su Cabildo.

Además de que ordenaron la restitución de González Ramírez, el TEE dejó sin efecto las sesiones en las que participó el síndico suplente.