En junio, seis recomendaciones de la CEDH contra instancias estatales

  • Encabeza la SEGE la lista de dependencias observadas

Durante el mes de junio la Comisión Estatal de Derechos Humanos emitió seis recomendaciones dirigidas a Secretaría de Educación de Gobierno del Estado, a la Secretaría de Salud y al Instituto de Desarrollo Humano y Social de los Pueblos y Comunidades Indígenas del Estado (INDEPI).
La Recomendación 8/2019 dirigida a Secretaría de Educación de Gobierno del Estado aborda el caso de violación a los derechos humanos a la integridad personal, al interés superior del menor, a la libertad sexual y sano desarrollo en agravio de una niña, estudiante de una escuela primaria ubicada en el municipio de Aquismón.
La niña fue víctima del delito de violación y como consecuencia resultó embarazada, la persona señalada como responsable era un trabajador de intendencia del plantel educativo.
Recomendación 9/2019, fue dirigida también a la Secretaría de Educación de Gobierno del Estado, por el caso de vulneración de los derechos humanos a la integridad personal, al interés superior de la niñez y sano desarrollo en agravio de un niño, estudiante de un jardín de niños de esta ciudad capital.
La CEDH inició expediente de queja debido a que la madre de la víctima señaló que el 14 de enero del año actual, su hijo le mencionó que su profesor de educación física lo tocaba en sus partes íntimas; la Jefa del Departamento de Educación Física de esa Secretaría de Educación, informó que el acusado fue retirado del citado centro escolar, y fue puesto a disposición en labores administrativas en la oficina de Inspección de Sector de Educación Física.
La CEDH, dio vista del expediente de queja a la Contraloría Interna de esa Institución, a fin de que se iniciara una investigación interna en contra el profesor y en su caso, se determinaran las sanciones correspondientes.
Así mismo se emitió la Recomendación 10/2019 dirigida al Hospital General de Rioverde de los Servicios de Salud del Estado, por inadecuada atención médica en diagnóstico especializado de una mujer adolescente indígena embarazada y que posteriormente derivo en un caso de muerte materna.
La madre de la víctima denunció que su hija, quien contaba con nueve meses de embarazo y había sido atendida en el Hospital General de Rioverde, presentó un fuerte dolor de cabeza, por lo que fue trasladada a mencionado hospital después de buscar vehículo particular pues en la comunidad donde vivía la no cuentan con ambulancia y a las pocas horas falleció ella y su producto.
Este Organismo Constitucional Autónomo solicitó la opinión médica sobre el caso al Colegio de la Profesión Médica del Estado quienes manifestaron que no se indicó un plan de control con presión arterial a la víctima y no se indicaron datos de alarma de preclampsia, por lo que la víctima arribó al nosocomio con datos de hemorragia cerebral, convulsionando, presión alta.
Por tanto, la opinión médica concluyó que las instituciones de salud, tienen una responsabilidad significativa en vigilar los programas de atención que cuenten con la calidad que se requiere y en el caso de la víctima, no hubo control prenatal por médico de primer contacto, ni cuando fue valorada por especialista del Hospital General.
Se pronunció también la Recomendación 11/2019 dirigida al Hospital del Niño y la Mujer “Dr. Alberto López Hermosa”, de igual manera a Servicios de Salud del Estado, por la inadecuada atención médica que recibió una mujer con motivo de su segundo embarazo de término, y que posteriormente derivo en el fallecimiento de su bebé, quien nació con síndrome de aspiración de meconio.
La victima manifestó que a las 10:00 horas del 27 de mayo de 2017, ingresó a mencionado hospital al presentar dolores inherentes al trabajo de parto, que después de revisarla una doctora le indicó que todo estaba bien y le suministraron medicamento para comenzar con dilatación, a 18:00 horas comenzó con dolores más intensos, y al pedir ayuda le indicaron que no había personal que la atendiera.
La víctima señaló que fue hasta las 21:00 horas que la pasaron a quirófano para realizarle una cesárea, que al nacimiento le informaron que había nacido en condiciones graves, días después le comunicaron que su hijo había fallecido, por su parte, el esposo de la mujer manifestó que durante la estancia hospitalaria no se le dio información precisa del estado de salud de su esposa como de su bebé, quien permaneció en el área de neonatales en condiciones graves de salud.
Igualmente, por el caso de la ineficacia en la atención médica en el Hospital General de Ciudad Valles, que se cometió en agravio de una mujer se presentó la Recomendación 12/2019, en relación a la atención médica que recibió con motivo de su padecimiento de miomatosis uterina.
La victima manifestó que después de haber sido internada por ese padecimiento y permanecer internada en mencionado hospital en espera de ser intervenida, los médicos le informaron que no sería operada debido a que había más personas esperando ese tipo de cirugía desde hace un año y fue dada de alta sin realizarle ningún tratamiento quirúrgico, por lo que requirió de contratar los servicios de un médico especialista particular para intervención quirúrgica.
Y el pasado 27 de junio se pronunció la Recomendación 13/2019 dirigida al Instituto de Desarrollo Humano y Social de los Pueblos y Comunidades Indígenas del Estado, por la violación al derecho a la autodeterminación e inclusión en la vida pública, en relación a la exclusión para la integración del Consejo Consultivo Indígena del Instituto de Desarrollo Humano y Social de los Pueblos y Comunidades Indígenas del Estado (INDEPI) en el periodo 2017-2020, en agravio de las y los habitantes de las comunidades Mixteca Baja y Mazahua, que residen en el Estado de San Luis Potosí.
La totalidad de estas Recomendaciones han sido ACEPTADAS por las autoridades estatales señaladas como responsables, por lo que se trabaja de manera conjunta para el cumplimiento de los puntos recomendatorios que cada documento exige, además de la constante capacitación que este Organismo Autónomo brinda a los servidores públicos de dichas dependencias.
Durante el primer semestre del año la Comisión Estatal de Derechos Humanos ha emitido un total de 13 Recomendaciones, hasta el momento la 7/2019 dirigida al Ayuntamiento Capitalino es la única que NO SE ENCUENTRA ACEPTADA sobre el caso de violación al derecho a la inclusión en la consulta previa, libre, informada y culturalmente adecuada, que originó el Plan Municipal De Desarrollo 2018-2021, en agravio de la comunidad Mixteca Baja, que habita en el municipio de San Luis Potosí.