Dependencias podrán transferir recursos presupuestarios a municipios

Con el propósito de establecer que las dependencias y entidades con cargo a sus presupuestos, y por medio de convenios de coordinación que serán públicos, puedan transferir recursos presupuestarios a municipios, con el propósito de reasignar la ejecución de funciones, programas o proyectos estatales, el legislador Jesús Emmanuel Ramos Hernández, presentó la iniciativa para reformar la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria del Estado y Municipios de San Luis Potosí,
Explicó que en la suscripción de tales convenios, la Auditoría Superior del Estado, en los términos de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de san Luis Potosí, podrá acordar con las contralorías internas de los municipios, reglas y procedimientos para fiscalizar el ejercicio de estos recursos.
En lo que se refiere al artículo 80, señala que los actos u omisiones que impliquen el incumplimiento a los preceptos establecidos en la presente Ley y demás disposiciones generales en la materia, serán sancionados de conformidad con lo previsto en la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de San Luis Potosí, y demás disposiciones aplicables en términos del Título Décimo Segundo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí.
El diputado Jesús Emmanuel Ramos Hernández, también preciso que la propuesta plantea en el artículo 81, que la Auditoría ejercerá las atribuciones que, conforme a la Ley de Auditoría Superior del Estado de San Luis Potosí, y las demás disposiciones aplicables, le correspondan en materia de responsabilidades.
Puntualizó que esta iniciativa que fue presentada en la Sesión Ordinaria del Congreso del Estado, plantea reformar los artículos 71, en su fracción X, 80 y 81 de la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria del Estado y Municipios de San Luis Potosí.
En la exposición de motivos, estableció que esta reforma tiene por objeto actualizar los artículos para que hagan referencia a los ordenamientos jurídicos correctos y actuales, “pues en el caso del artículo 80, dicho numeral hace referencia a la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de San Luis Potosí, ordenamiento legal ya abrogado”.
El diputado Jesús Emmanuel Ramos Hernández, señaló que con motivo de lo anterior, y a fin de actualizar y mantener esta tan importante Ley, vigente y actualizada es que se propone sustituir las referencias a Leyes abrogadas por las actualmente vigentes, que son, “la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de San Luis Potosí para el caso del numeral 80, y Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de san Luis Potosí, para el caso de los ordinales 71, fracción X y 81”.