Ganan amparo comunidades indígenas de la capital contra Ayuntamiento

  • La persona que se designe para la Dirección de Asuntos Indígenas debe de ser propuesta por las propias comunidades

Con respecto al nombramiento del titular de la Dirección de Asuntos Indígenas, la cual es una institución que el gobierno municipal debe de crear a partir de que la comunidades mazahua, mixteca y triqui ganaran un amparo que el Juzgado Octavo de Distrito del Estado resolviera de manera positiva a su favor, Guillermo Luévano Bustamante, responsable de la Clínica de Litigio Estratégico de la UASLP, manifestó que de acuerdo a la ley la persona que ocupe dicho cargo debe de venir de una propuesta que las propias comunidades realicen tras haber llevado a cabo sus respectivas asambleas, y no una imposición que venga directamente de la autoridad municipal.

Manifestó que las comunidades indígenas anteriormente mencionadas, tienen el reconocimiento que les otorga el pertenecer al padrón de comunidades indígenas del estado, y enfatizó en que no se deben de realizar simulaciones de las políticas estatales o del ayuntamiento, tal y como ya ha sucedido anteriormente, pues se debe de cumplir la ley de manera estricta.

Explicó que el Ayuntamiento dice que si hizo una consulta solo porque realizo unos foros y unos talleres con personas de comunidades indígenas, precisando que la Ley de Consulta Indígena del Estado, establece un procedimiento muy sencillo pero a la vez riguroso de cómo deben de realizarse estas consultas, lo que incluye la emisión de una convocatoria, así como información previa, ambas cosas en su propia lengua.

Mencionó que existen personas que dicen que se trata de indígenas de importación, que no son locales, lo cual es incorrecto ya que ellos son potosinos, pues si bien sus comunidades de origen se encuentran en otros estados, algunos de ellos llevan décadas viviendo aquí y sus hijos han nacido en nuestro estado, y por lo tanto tienen todos los derechos como ciudadanos potosinos.