Ciudadanos propondrán al próximo comisionado de la Cegaip: Congreso

El Poder Legislativo abrió las puertas a la sociedad en general para que presente propuestas para ver quien será el nuevo titular de la Comisión de Transparencia y Acceso a la Información Pública

Las bases de la convocatoria que aprobó el Poder Legislativo establecen que las solicitudes y propuestas deberán presentarse por escrito, dentro del periodo comprendido del lunes 21 de mayo al viernes 1 de junio del año 2018, ante la Oficialía de Partes del Honorable Congreso del Estado, sito en calle Pedro Vallejo número 200, planta baja, en esta ciudad capital; de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 15:00 horas, siendo días inhábiles sábados y domingos; serán dirigidas al Presidente del  Congreso del Estado y señalarán, nombre, edad, número telefónico, correo electrónico y domicilio para oír y recibir notificaciones en la capital del estado de la persona propuesta; debiendo adjuntar, sin excepción alguna, original o copia certificada, y copia simple  de una serie de documentos personales.

Además, que una vez concluido el plazo de recepción de solicitudes y propuestas, la Comisión de Transparencia y Acceso a la Información Pública procederá a su revisión así como de los documentos acompañados a efecto de verificar el cumplimiento de los requisitos de elegibilidad establecidos en el artículo 30 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, y requisitos señalados en la base segunda de esta convocatoria.

 El incumplimiento de cualquiera de los requisitos previstos en la ley y en la presente convocatoria, dará lugar, sin excepción alguna, a que se deseche la solicitud o propuesta presentada y, en consecuencia, a la imposibilidad de la persona propuesta al cargo para participar dentro de este procedimiento de elección.

 El Congreso del Estado publicará en su sitio en Internet www.congresosanluis.gob.mx una lista con el nombre de todas las personas que hayan presentado solicitudes y propuestas. De igual forma, previa revisión de las solicitudes y propuestas presentadas, publicará la lista con el nombre de las personas que hayan cumplido con la totalidad de los requisitos establecidos en la ley y en la presente convocatoria, quienes se tendrán por registradas para participar en el procedimiento de elección de la persona que ocupará el cargo de comisionada o comisionado numerario de la Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública.

 La Comisión de Transparencia y Acceso a la Información Pública a efecto de allegarse de mayores elementos de juicio, se reunirá en forma individual con las personas participantes en este procedimiento de elección, para cuyo fin señalarán fecha y hora. Esta etapa se desarrollará en sesión pública bajo el siguiente formato: 1. Cada aspirante podrá exponer su proyecto de trabajo hasta por un máximo de quince minutos;  2. Concluida la presentación a que alude el punto que antecede, se abrirá un espacio de preguntas por parte de los diputados presentes en la sesión;  3. El aspirante deberá dar contestación en un tiempo no mayor de tres minutos a cada pregunta que se le formule;  4. Los diputados tendrán derecho de repregunta.

 Concluida la etapa señalada en la base que precede, la Comisión de Transparencia y Acceso a la Información Pública valorará las constancias que se desprendan de este procedimiento de elección, y emitirá el dictamen que proponga al Pleno, a la persona o personas, que con base en su currículum, capacidad, experiencia, conocimiento en materia de acceso a la información, protección de datos, transparencia, rendición de cuentas y/o protección a los derechos humanos, resulten elegibles al cargo de comisionada o comisionado Numerario de la Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública.

En la conformación de la Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública de San Luis Potosí, el Congreso del Estado procurará la igualdad de género.

La elección de la Comisionada o Comisionado de la CEGAIP se deberá llevar a cabo a través del voto por cédula de las dos terceras partes de los miembros del Congreso del Estado; entre otras bases que contempla la convocatoria.