Cosa juzgada el caso Gallardo; ratifica Ceepac que no hay sanción en su contra

  • Tanto el Trife como el Ceepac, determinaron que aunque si hubo una promoción personalizada, por el uso de la palabra Gallardía, fue fuera de tiempo electoral

La Presidenta del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, Laura Fonseca Leal, dejó en claro que el caso de Ricardo Gallardo Juárez es cosa juzgada, luego que la Sala Monterrey del Tribunal Electoral confirmó la sentencia que hace unos meses emitió el  Ceepac , en donde no se estableció ninguna sanción en materia electoral, contra el hoy edil con licencia.
La denuncia había sido presentada por el PAN por la supuesta promoción personalizada de Ricardo Gallardo Juárez,  por el uso de la palabra “Gallardía” en la publicidad del ayuntamiento de la capital iría en dos vías.

Lo anterior se vio en dos vías, la administrativa y la electoral y en lo que corresponde al Ceepac, se determinó que efectivamente se trató de una promoción personalizada, pero es fuera de tiempo electoral, y la ley electoral hoy determina que para que fuera una sanción en términos electorales tendría que haberse realizado en el tiempo electoral, a partir de septiembre, y este asunto es de años anteriores.

Por lo anterior el Ceepac determino que no obstante a que si hubo promoción personalizada del alcalde, por los tiempos no constituye un delito electoral, y lo que hace la Sala Monterrey es confirmar la sentencia sobre el caso emitida por el del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana.

Por último, señaló que el caso fue turnado a la Contraloría Municipal y al Cabildo, quien habrán de determinar si lo anterior amerita una sanción administrativa.