Delitos por Hechos de Corrupción, se perseguirán de oficio en SLP

  • Congreso aprobó modificar el Código Penal para que los delitos que se persiguen de oficio son aquellos que afectan el orden público, que a diferencia de los perseguibles por querella, afectan un interés particular.

El Congreso del Estado aprobó que los ilícitos cometidos por los servidores públicos, tipificados y sancionados en el Título Décimo Sexto de la Parte Especial del Código Penal del Estado denominado Delitos por Hechos de Corrupción, se persigan de oficio.

Así se aprobó en sesión ordinaria, por mayoría con 21 votos a favor y 1 en contra, para adicionar párrafo último al artículo 318 del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, con lo que queda establecido que los delitos que se persiguen de oficio son aquellos que afectan el orden público, que a diferencia de los perseguibles por querella, afectan un interés particular.

Por lo anterior, los ilícitos cometidos por los servidores públicos, al ser el bien jurídico tutelado, cosa pública, es necesario que sea investigado sin más por el Ministerio Público, y de ser procedente, decrete el ejercicio de la acción penal.

Esto, derivado de la calidad de los servidores públicos pues son a éstos a quienes el Estado encomienda el ejercicio de una función pública para servicio de la sociedad y de quien se espera una conducta intachable, pues en ellos se deposita la confianza y seguridad de los gobernados; señala el dictamen aprobado.

Lo anterior se encuentra previsto en el Código Penal vigente para algunos delitos en los que se agrava la sanción cuando el tipo es cometido por un servidor público, como el hostigamiento, acoso sexual, discriminación, esterilización forzada, extorsión, o simulación de pruebas, entre otros.

En el caso de los delitos que entrañan actos de corrupción su comisión se dirige en contra de la administración pública y son aquellos cometidos por servidores públicos, de tal forma que ya está previsto que sean cometidos exclusivamente por éstos, de ahí que resulte inviable incrementar las penas. No obstante, era necesario realizar esta reforma para que, tal como lo ha sugerido el jurista Miguel Carbonell, los delitos de corrupción sean perseguidos de oficio por el Estado, como una muestra de su voluntad para terminar con ese cáncer de nuestras instituciones públicas que es la corrupción.