Diputados avalan ampliar definición de hostigamiento y acoso sexual

Al reconocer que 40 por ciento de las mujeres en México son víctimas de violencia sexual, el Pleno de la Cámara de Diputados avaló una reforma para modificar y ampliar la definición de hostigamiento sexual y acoso sexual.

La reforma al artículo 13 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia fue avalada por unanimidad y precisa que debe entenderse como hostigamiento sexual “cualquier conducta que comete una persona en contra de otra con fines lascivos, mediante el ejercicio del poder, el asedio reiterado y/o valiéndose de su posición jerárquica, derivada de sus relaciones laborales, docentes, domésticas o cualesquiera otra que implique subordinación”.

En tanto, el acoso sexual se redefinió como “cualquier conducta que comete una persona en contra de otra mediante el ejercicio abusivo del poder, acoso u hostigamiento con el fin de incordiarla sexualmente, así como aquellas conductas con una connotación sexual que no son consentidas por quien las recibe y que pueden conllevar a un estado de riesgo o indefensión para la víctima”.

La reforma fue turnada al Senado para su revisión.

Como saben y se ha dicho en diferentes ocasiones, en nuestro país casi 7 de cada 10 mujeres son víctimas de violencia en nuestro país, lo grave es la violencia sexual, de la cual son víctimas casi el 40 por ciento de las mujeres en este país, y cuando revisamos las estadísticas relacionadas con el acceso a la justicia y con la denuncia, la realidad es que son pocas las que se llevan a cabo”, dijo Laura Plascencia, presidenta de la Comisión de Igualdad de Género.