No se puede fumar en plazas y centros comerciales de SLP

  • Propietarios o encargados de estos lugares deben hacer cumplir la prohibición de fumar

El hábito de fumar provoca miles de muertes cada año y es causa de enfermedades como el cáncer de pulmón, algunos padecimientos cardiovasculares y una gran variedad de enfermedades crónicas que aquejan a cientos de personas.

Aunque en algunos casos las enfermedades y la muerte se asocian al consumo personal de tabaco que cada individuo realiza, en otros muchos deriva de los efectos del llamado «humo de segunda mano» o «humo de tabaco ambiental».

Para los fumadores pasivos o inhaladores involuntarios, el humo de segunda mano representa una grave amenaza para su salud ya que se encuentran más expuestos debido a que el humo que es expulsado tras fumar el cigarrillo, emana dos veces más alquitrán y nicotina que lo inhalado por el propio fumador, por ello el nivel de monóxido de carbono en la sangre de los no fumadores se eleva al compartir un espacio con fumadores, causando enfermedades aún más graves en las personas.

Las instalaciones que sirven para realizar actividades comerciales tales como supermercados, plazas comerciales, etc., tienen la obligación de salvaguardar la seguridad de sus clientes, lo que incluye su integridad física y su salud individual y colectiva, esto en consideración de algún contagio o exposición a algún factor que altere su salud en el instante o en un futuro.

Por lo anterior y conforme a la Ley General para el Control de Tabaco y la Ley Estatal de Protección a la Salud de las Personas No Fumadoras, las personas fumadoras no podrán realizar actos de consumo o uso de productos de tabaco en Centros Comerciales, Supermercados o Plazas, toda vez que como espacios públicos éstos deben mantener la prohibición de fumar, incluyendo aquellas áreas comunes como pasillos, estacionamientos, áreas de comida, terrazas y sanitarios.

Aunado a lo anterior y conforme lo establece la Ley General para el Control de Tabaco, no se debe realizar en ellos la venta de cigarros sueltos, por lo que los responsables, administradores o propietarios de los establecimientos, están obligados al cumplimiento de la legislación vigente en materia de tabaco.

Cabe destacar que la Secretaría de Salud además de las acciones de vigilancia y control sanitario en la materia, otorga asesoría para todos aquellos establecimientos que deseen obtener la certificación como “Establecimiento 100% Libre de Humo de Tabaco”.