ASE filtro que deben pasar funcionarios que aspiran a un cargo de elección

La Auditoria Superior del Estado debe expedirles su carta de “no inhabilitación” que les permita cumplir con los requisitos que establece la nueva Ley Estatal Electoral

Marco Luis Polo

Ante la cercanía de los procesos electorales que se desarrollarán el primero de julio del presente año, aspirantes en busca de contender por un cargo de elección popular se han acercado a la Auditoria Superior del Estado (ASE) con el fin de obtener su carta de “no inhabilitación” que les permita cumplir con los requisitos que establece la nueva Ley Estatal Electoral en San Luis Potosí.

En este sentido, la titular de la ASE, Rocío Elizabeth Cervantes, confirmó lo anterior, y dijo que son varias las personas que han acudido en busca de la carta de no inhabilitación, aunque en otros casos acuden para conocer su situación administrativa en caso de haber ocupado cargos públicos anteriores donde haya resultado observados dentro de sus ejercicio fiscales.

En entrevista, la ASE, dijo “Hay varias personas que han tenido acercamiento ante la Auditoria Superior del Estado, para solicitar su carta de no inhabilitación, para cualquier procedimiento de registro ante las instancias electorales y sobre todo se están acercando para conocer en qué proceso van sus desahogos y procesos de resolución de años anteriores”, acotó.

Elizabeth Cervantes, explicó que es necesario que aquellas personas que requieren del documento que los exime de sanciones, “tienen que acudir ante la ASE, para verificar si existe un proceso pendiente o que se haya resuelto y donde se les haya notificado en torno a una sanción o que en su caso hayan tenido que recurrir a otros caminos legales para dejar sin efecto las sanciones o para obtener un amparo”.

Informó que aquellos funcionarios que en su momento han resultado sancionados, en la actualidad se encuentran inscritos en un padrón de funcionarios sancionados. Además aclaró que si alguien este considerado dentro del padrón de funcionarios sancionados, es porque ya  tiene concluido todos los procesos correspondientes que derivaron en una resolución definitiva. “Mientras que no se resuelva, no se les puede establecer como inhabilitados”, finalizó.