Aprueba CEEPAC lineamientos para registro de aspirantes a candidatos independientes

En Sesión Ordinaria el En Sesión Ordinaria el  Pleno del Consejo Es tatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC) aprobó por unanimidad los lineamientos para el registro de aspirantes a candidatos y candidatas independientes a los cargos de diputados de mayoría relativa y ayuntamientos del estado para el proceso electoral local ordinario 2017-2018.Dichos lineamientos señalan que el proceso de selección de candidaturas independientes iniciará con la convocatoria que emita el Pleno del Consejo, la cual también fue aprobada por unanimidad  y será publicada el domingo 01 de octubre de 2017.Durante la sesión, el consejero electoral Martín Faz Mora explicó que el proceso de candidaturas independientes comprende las siguientes etapas:1.

Emisión de Convocatoria por parte del CEEPAC con fecha 29 de septiembre del 2017 y publicación el domingo 01 de octubre de 2017.2. Solicitud de registro para el proceso de selección de Aspirantes a candidaturas independientes (Del 2 octubre al 15 noviembre del 2017).3. Declaratoria del CEEPAC de quienes obtienen la figura de “Aspirante a Candidato o Candidata Independiente” que podrán buscar respaldo ciudadano para obtenerla (El 13 de diciembre del 2017, a más tardar).4. Obtención de respaldo ciudadano. (Del 29 de diciembre del 2017 al 6 de febrero del 2018)5. Verificación de cédulas de manifestación de respaldo ciudadano (Del 7 de febrero al 5 de marzo del 2018).6. Declaratoria de quienes obtengan registro para contender como Candidato o Candidata Independiente en la contienda electoral. (El 5 de marzo del 2018, a más tardar)7. Registro de la candidaturas independientes: de Diputado de Mayoría Relativa (del 15 al 21 de marzo del 2018); para candidatos o candidatas a una Presidencia Municipal, (del 21 al 27 de marzo del 2018) éstas últimas deberán registrar también el listado de integrantes de mayoría y por el principio de representación proporcional de la Planilla, siguiendo el principio de paridad de género vertical.La solicitud de registro deberá presentarse de manera individual por el aspirante a candidato independiente a diputado de mayoría relativa en la elección de diputados; y por el aspirante a candidato independiente a presidente municipal en el caso de elecciones de ayuntamientos, en los formatos previstos en los lineamientos aprobados.

Los lineamientos destacan además que el 15 de noviembre del 2017, concluye el plazo para que los solicitantes presenten ante la Oficialía de Partes del Consejo, su respectiva solicitud de registro y documentación anexa.