Llama STJE a evitar efectos discriminatorios en la perspectiva de género

La obligación de juzgar con perspectiva de género exige a quienes imparten justicia que actúen remediando los potenciales efectos disacriminatorios que el ordenamiento jurídico y las prácticas institucionales pueden tener en detrimento de las personas, principalmente de las mujeres.

Lo anterior, lo manifestó el magistrado Juan Paulo Almazán Cué, Presidente del Supremo Tribunal de Justicia y del Consejo de la Judicatura, luego de señalar que la perspectiva de género es una auténtica herramienta que permita dar cumplimiento al mandato contenido en el artículo 4º. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y que contempla el derecho humano a la igualdad entre el varón y la mujer.

Recordó que el Poder Judicial ha realizado una serie de diplomados en materia de Perspectiva de Género, con el fin de profesionalizar a las magistradas, magistrados, juezas, jueces y funcionaria-do de áreas jurisdiccionales.

Además señaló que es muy importante que el propio Instituto de las Mujeres haya reconocido la voluntad de Poder Judicial para capacitarse en los temas de género, derechos humanos y en los mecanismos de administración de justicia con perspectiva de género.