Próxima a votarse iniciativa de JMC sobre nueva Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas

En sesión de trabajo, diputados de la Comisión de Vigilancia del Poder Legislativo analizaron minuciosamente la iniciativa de la nueva Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de San Luis Potosí, que abroga la Ley de Auditoría Superior del Estado, que envió el gobernador Juan Manuel Carreas López  dentro del paquete de ocho normas de estudio preferente.

“Ya estamos en el análisis, no ha sido aprobada todavía, queremos ser  responsables y tratar de cuidar todo y cada uno de los aspectos por mínimos que sean de esa norma, yo creo que la semana que entra vamos a estar en posibilidades de votarla”, explicó el diputado J. Guadalupe Torres Sánchez, presidente de la Comisión de Vigilancia de la LXI Legislatura.

La iniciativa analizada señala que la denominación de esta ley responde justamente a los objetivos que se persiguen con esta nueva disposición: la fiscalización y rendición de cuentas por parte de las entidades públicas.

Se precisa que la denominación de Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de San Luis Potosí para este nuevo ordenamiento, conservando la definición de Auditoría Superior del Estado para el órgano encargado de dicha función, con la aclaración importante en este último caso, de que no se trata de un mero cambio de denominación al ordenamiento, ni de conservar en idénticas condiciones al ente superior de fiscalización, sino que a partir de estas nuevas disposiciones, se fortalece la autonomía técnica y de gestión de la Auditoria Superior; se otorga mayor alcance a sus funciones y atribuciones, todo ello acorde con la reforma constitucional que privilegia la coordinación de facultades de las autoridades que intervienen en el combate a la corrupción.

En cuanto a la revisión y fiscalización de la cuenta pública, se establecen los alcances y principios de la fiscalización y rendición de cuentas y se otorga a la Auditoría la facultad de auditar recursos provenientes de financia-mientos.

Es importante destacar que se le otorga autonomía técnica y de gestión para decidir sobre su presupuesto, organización interna, estructura y funcionamiento, así como la administración de sus recursos humanos, materiales y financieros que utilice para la ejecución de sus atribuciones.

 

En sesión de trabajo, diputados de la Comisión de Vigilancia del Poder Legislativo analizaron minuciosamente la iniciativa de la nueva Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de San Luis Potosí, que abroga la Ley de Auditoría Superior del Estado, que envió el gobernador Juan Manuel Carreas López  dentro del paquete de ocho normas de estudio preferente.

“Ya estamos en el análisis, no ha sido aprobada todavía, queremos ser  responsables y tratar de cuidar todo y cada uno de los aspectos por mínimos que sean de esa norma, yo creo que la semana que entra vamos a estar en posibilidades de votarla”, explicó el diputado J. Guadalupe Torres Sánchez, presidente de la Comisión de Vigilancia de la LXI Legislatura.

La iniciativa analizada señala que la denominación de esta ley responde justamente a los objetivos que se persiguen con esta nueva disposición: la fiscalización y rendición de cuentas por parte de las entidades públicas.

Se precisa que la denominación de Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de San Luis Potosí para este nuevo ordenamiento, conservando la definición de Auditoría Superior del Estado para el órgano encargado de dicha función, con la aclaración importante en este último caso, de que no se trata de un mero cambio de denominación al ordenamiento, ni de conservar en idénticas condiciones al ente superior de fiscalización, sino que a partir de estas nuevas disposiciones, se fortalece la autonomía técnica y de gestión de la Auditoria Superior; se otorga mayor alcance a sus funciones y atribuciones, todo ello acorde con la reforma constitucional que privilegia la coordinación de facultades de las autoridades que intervienen en el combate a la corrupción.

En cuanto a la revisión y fiscalización de la cuenta pública, se establecen los alcances y principios de la fiscalización y rendición de cuentas y se otorga a la Auditoría la facultad de auditar recursos provenientes de financia-mientos.

Es importante destacar que se le otorga autonomía técnica y de gestión para decidir sobre su presupuesto, organización interna, estructura y funcionamiento, así como la administración de sus recursos humanos, materiales y financieros que utilice para la ejecución de sus atribuciones.