La economía compartida ¿En la mira?

Ya en este mismo espacio semanal nos hemos ocupado de algunos temas relacionados con la

reconfiguración económica que nos ha tocado vivir. Cambios fundamentales en la forma de producir o de comercializar bienes y servicios, entre los que destaca la irrupción de la innovación tecnológica que permite a cualquier persona concurrir al mercado con la utilización de su teléfono móvil. Es el caso de la “Economía Compartida (o colaborativa)”, en la cual las personas pueden ofrecer sus servicios o compartir sus bienes a cambio de un pago determinado, utilizando diversas plataformas construidas por ingeniosos e innovadores emprendedores que se han vuelto multimillonarios en tan solo unos años.

Uber, Airbnb, FlightCar o NowiStar son algunos ejemplos de empresas que valen miles de millones de dólares, sin tener prácticamente ningún activo, más allá de la plataforma que utilizan sus usuarios. Rentar una habitación de la casa a través de Airbnbo ocuparse unas horas como chofer de Uber un día cualquiera o rentar el auto, mientras salen de viaje, vía FlightCar o promover sus servicios personales a través de NowiStar, permiten a millones de personas generar ingresos adicionales importantes, “compartiendo” sus activos, habilidades o talento.

Todos estos esquemas o modalidades de trabajo o ingreso, tienden a ocupar día a día un espacio proporcionalmente cada vez más importante en la economía formal e informal, dado que reducen costos de transacción, permiten la mayor rentabilidad de activos poco utilizados, fomentan esquemas de confianza basados en la reputación y propician las relaciones humanas, en grandes escalas. No se trata de esquemas como el tradicional Bed and Breakfast en donde solo unas cuantas propiedades participan, sino un esquema disponible para cientos de miles o millones de propietarios.

Esquemas de comercialización que han empezado a causar mucho más que escozor entre empresas establecidas o autoridades regulatorias (y recaudadoras), al distorsionar mercados y generar lo que para algunos es claramente una competencia desleal y cierta evasión en el pago de impuestos por la generación de ingresos.

En el caso de Airbnb, hemos sido testigos de las protestas que encabezan los hoteleros en varios países, quejándose de dicha competencia desleal, al no estar sometida a las regulaciones que sí deben cumplir los hoteles registrados como tales. Rentar un departamento en Nueva York puede resultar más barato (y probablemente mas cómodo y confortable) que una habitación en la Gran Manzana. Y generar a su dueño ingresos significativos sobre los cuales quizás no participa el fisco municipal, estatal o federal.

A tal grado han llegado las cosas en ese estado de la Unión Americana, que el día 21 de octubre el Gobernador Andrew Cuomo ha firmado la ley S6340A que establece que “se prohíbe anunciar el uso de unidades habitacionales en edificios de habitaciones múltiples clase A para otros fines que no sean residencia permanente”. Es decir, se vuelve ilegal rentar departamentos ocupados por menos de 30 días mediante plataformas de economía compartida como Airbnb. Quienes violen esta medida enfrentan una multa de $1,000 dólares por una primera ofensa y de $5,000 a $7,500 por las siguientes.

La empresa Airbnbobviamente se ha opuesto a esta medida, invirtiendo $10 millones de dólares en una campaña para evitar su votación y posteriormente para promover el veto del gobernador Andrew Cuomo. Sin embargo, el Congreso estatal, votó con una mayoría de 56 a 6 su aprobación. Airbnb señala que pugnará en tribunal la constitucionalidad de esta ley.

Nueva York es uno de los mercados más importantes para Airbnb; en agosto de 2016, antes de que se generara todo este debate, existían hasta 45,000 ofertas en la plataforma.  En 2015, el anfitrión promedio de Airbnb en Nueva York ganó $5,000 dólares por hospedar a viajeros durante 44 noches. Los anfitriones en la plataforma reciben 97% del dinero de la transacción cuando ponen a disposición del público sus hogares.

Los argumentos de la legislatura y del gobernador han señalado que la renta de propiedades habitacionales por menos de treinta días ya era ilegal por el uso habitacional de los edificios clase A. Asimismo, en 2010, Nueva York enfrentó un problema de hoteles clandestinos que crearon un problema de salud y seguridad evadiendo regulaciones de la ciudad. La exposición de motivos de la Ley señala que la prohibición del hospedaje compartido persigue los mismos objetivos que la prohibición de hoteles clandestinos. Los edificios de hospedaje deben, en la ley de 2010, adecuar sus instalaciones, específicamente para albergar huéspedes.

Una mayoría apabullante como la que se observó en el Congreso estatal en la votación de la ley, refleja una poderosa corriente de opinión contraria a que estos esquemas operen al margen de las regulaciones y de las disposiciones fiscales en las entidades en donde funcionan. Es por ello, que estas empresas y las plataformas que manejan han buscado conciliar los intereses de anfitriones, huéspedes y autoridades. Airbnb propone un conjunto de normas claras y justas para continuar operando como lo ha realizado y para que a partir de éstas se cree una nueva legislación que permita una competencia leal.

Entre otras cosas se propone que se limite a una propiedad por persona (one host, one home). Limitar a la gente que renta su casa, a un hogar dentro de los 5 condados de Nueva York. Esto ayudaría a asegurar que el hogar para compartir no elimina la vivienda permanente del mercado de alquiler.

Lo mismo, obligar a un Registro en línea que permita al estado tener un control sobre las propiedades en renta permanente, otorgando a propietarios la oportunidad de definir y establecer reglas claras para el alquiler a corto plazo, y destinando parte de sus ingresos a programas de mantenimiento, pago de primas de seguros y desde luego de los impuestos correspondientes. La Ley resulta controversial no sólo por ser un límite a las economías compartidas, que parecían augurar una nueva etapa de prosperidad para gente que accede a nuevas oportunidades. Sino porque Nueva York posee un mercado de vivienda relativamente rígido con altos precios. Airbnb se convirtió en una fuente alternativa de ingresos para las clases medias en esta ciudad donde el hospedaje tiene precios elevados.

Las preguntas son¿Cómo debemos avanzar para conciliar puntos de vista y lograr que la economía compartida sea lo que originalmente pareció ser y no una suma de prácticas disruptivas y propiciatorias de economía informal y elusión fiscal? ¿Cómo poner a la economía colaborativa en la mira, pero para enriquecer las oportunidades y no restringirlas? Deberemos dedicar mucho más análisis al tema.

 

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