Aprueban convocatoria para elegir a Contralor Interno del CEEPAC

El pleno del Congreso del Estado aprobó y emitió la convocatoria pública para el procedimiento de elección de la persona que ocupará el cargo de contralor interno del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEE-PAC).
El periodo y horario de recepción de solicitudes para participar en el proceso de elección será a partir de este lunes 3 al viernes 7 de octubre del año 2016, en horario de 9:00 a 15:00 horas, informó el diputado Héctor Mendizábal Pérez.
El presidente de la Comisión Especial Encargada de Sustanciar el Procedimiento para la Elección del Contralor Interno del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana del Congreso del Estado indicó que el análisis y estudio de las solicitudes que se presenten, el dictamen legislativo que deba emitirse, y demás etapas y procedimientos que se deriven del presente proceso de elección, correrán a cargo de esta comisión,
Dijo que de conformidad con lo establecido por el artículo 85 de la Ley Electoral del Estado de San Luis Potosí, las personas  participantes  en este procedimiento  de elección,  deberán  cumplir los requisitos siguientes: Para ser Contralor Interno deberán reunirse los requisitos siguientes: Tener como mínimo, cumplidos treinta años de edad el día de su designación. Tener una residencia efectiva en el Estado de cuando menos dos años.
Ser ciudadano potosino, en pleno ejercicio de sus derechos político-electorales. No estar inhabilitado para desempeñar funciones,  empleos, cargos, o comisiones de cualquier naturaleza en el servicio público. No ser consejero electoral, salvo que se haya separado del cargo tres años antes del día de la designación.
No haber sido condenado por delito intencional que amerite pena corporal de más de un año de prisión. Contar al momento de su designación, con experiencia profesional de al menos cinco años en el control, manejo o fiscalización de recursos. Contar al día de su designación, con antigüedad mínima de cinco años, con título profesional de nivel licenciatura,  de contador público  u otro relacionado  en forma directa  con las actividades  de fiscalización, expedido por autoridad o institución legalmente facultada para ello.  No pertenecer o haber pertenecido en los cuatro años anteriores a su designación, a despachos de consultoría o auditoría que hubieren prestado sus servicios al Consejo, o a algún partido político. No desempeñar,  ni haber desempeñado  el cargo de presidente del Comité Ejecutivo  Nacional, Estatal, Municipal o su equivalente, en un partido político y, en todo caso, no estar, o no haber estado afiliado a algún partido político estatal o nacional desde, cuando menos, un año antes al día de su elección  designación.