Pasos a seguir para disfrutar de la Tv digital

Ante el apagón analógico el pasado 31 de diciembre a nivel nacional, existen hogares que aún no pueden disfrutar de la señal digital en sus pantallas o televisores, debido a que no cuentan con un de-codificador y una antena VHF-UHF. De acuerdo con el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), para quienes tienen pantallas se debe revisar que la antena esté correctamente conectada, tanto al televisor como al equipo, y resintonizar nuevamente los canales digitales que estén disponibles en su localidad. Para los televisores análogos, se debe contar con un decodificador y una antena, y checar que éstos estén debidamente conectados para comprobar que la TV se encuentre en el mismo canal de frecuencia que marca el decodificador y resintonizar los canales digitales disponibles. En caso de que no se reciban todos los canales digitales en la localidad, se puede resintonizar el equipo receptor pulsando el menú, seleccionar “Instalación o Configuración”, colocarse en “Búsqueda de canales”, y escoger “Búsqueda automática” o escoger “Nuevos”. De esta manera el decodificador encontrará los canales disponibles y así se podrá disfrutar de la Televisión Digital Terrestre, refiere el órgano regulador. Para los televisores análogos, se debe contar con un decodificador y una antena. Hay hogares que todavía no disfrutan de la señal digital en sus pantallas o televisores, debido a que no cuentan con un decodificador y una antena VHF-UHF. El Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) publicó el acuerdo que establece las estaciones y equipos complementarios que deberán continuar realizando transmisiones analógicas de televisión radiodifundida, quienes acatarán los términos del Programa de Continuidad.
En el Diario Oficial de la Federación (DOF) señala que entre los permisionarios que continuarán con dichas transmisiones en más de 400 localidades del país, establecidas en el presente acuerdo, están los gobiernos del Estado de Baja California Sur, Chiapas, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, Nayarit, Oaxaca, Veracruz y Michoacán.
Así como Televimex, Radio Televisora de México Norte, Canales de Televisión Populares, T.V. de los Mochis, Televisión Azteca, Televisora de Occidente, Sistema Regional de Televisión, Comité pro-antena parabólica de Mon-clova, patronato de Televisión Cultural de Guanajuato y Canales de T.V. Coatzacoalcos, Veracruz.
Además de Proyección Cultural Sanmiguelense, los gobiernos de Estado de Gua-najuato, Nuevo León, Oaxaca, Quintana Roo, Sonora, Tlax-cala, Veracruz, Chiapas y Na-yarit. Asimismo, las anteriores estaciones y equipos complementarios deberán acatar los términos en que sea emitido por el Instituto el Programa de Continuidad. El Ifetel puntualiza que lo anterior está fundamentado con los supuestos normativos contenidos en los párrafos séptimo y octavo del artículo décimo noveno transitorio del Decreto por el que se expiden la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y la Ley del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano. En el primer caso, el párrafo séptimo señala que aquellos permisionarios o concesionarios de uso público o social, incluyendo las comunitarias e indígenas, que presten el servicio de radiodifusión que no estén en condiciones de iniciar transmisiones digitales al 31 de diciembre de 2015, deberán, con antelación a esa fecha, dar aviso al Instituto. Ello a efecto de que se les autorice la suspensión temporal de sus transmisiones o, en su caso, reduzcan su potencia radiada aparente (PRA).
para que les sea aplicable el programa de continuidad al que se refiere el párrafo octavo del mismo artículo.

Los plazos que autorizan el Instituto en ningún caso excederán del 31 de diciembre de 2016.
A su vez, el párrafo octavo del artículo Décimo Noveno Transitorio dispone que el Instituto deberá establecer un programa (Programa de Continuidad).

“En caso de que para las fechas de conclusión anticipada de señales analógicas de televisión radiodifundida por área de cobertura o de que al 31 de diciembre de 2015, las actuales estaciones de televisión radiodifundida con una PRA menor o igual a 1 kW para canales de VHF y 10 kW para canales UHF (Estaciones de Baja Potencia), no se encuentren transmitiendo señales de televisión digital terrestre y/o no se hubiere alcanzado el nivel de penetración ya sea en alguna región, localidad o en todo el país”.

A fin de que la población continúe recibiendo este servicio público de interés general en las áreas respectivas, en tanto se inicien transmisiones digitales y/o se alcancen los niveles de penetración.

Igualmente dispone que los titulares de las estaciones deberán realizar las inversiones e instalaciones necesarias conforme a los plazos previstos en el Programa de Continuidad y que en ningún caso las acciones derivadas de éste excederán al 31 de diciembre de 2016.

Por su parte, la Secretaría Técnica del Pleno del Ifetel, notificará el presente acuerdo al Instituto Nacional Electoral y a la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía de la Secretaría de Gobernación para los efectos conducentes.

Asimismo, es importante mencionar que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) tiene a su cargo la regulación, promoción y supervisión del uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico, los recursos orbitales, los servicios satelitales, las redes públicas de telecomunicaciones y la prestación de los servicios de radiodifusión y de telecomunicaciones, así como del acceso a la infraestructura activa y pasiva y otros insumos esenciales.