Piden reformar la ley de Víctimas para el Estado

El diputado Miguel Maza Hernández, presidente de la comisión de Derechos Humanos, Equidad y Género del Congreso del Estado, presentó la iniciativa que reforma la fracción IV del artículo 58 de la Ley de Víctimas para el Estado de San Luis Potosí.

La modificación plantea que para ser integrante de la Comisión de Víctimas del Delito, no debe haber ocupado cargo público ni haber desempeñado cargo de dirección nacional o estatal en algún partido político, dentro de los dos años previos a su designación, con excepción de quienes hayan prestado sus servicios en atención a víctimas o en casos de violaciones a los derechos humanos

Indicó que debido a la experiencia que han adquirido, ex funcionarios dedicados a este ámbito, con esta reforma podrían continuar su trabajo de atención a casos de víctimas de delitos, desde la Comisión que debe ser creada a partir de la Ley de Víctimas.

En el año 2013 se crea la Ley General de Victimas, la cual establece los mecanismos de protección, atención y tratamiento que deben de recibir las personas que hayan sido sometidas a una circunstancia violatoria de su libertad.

Dicha ley señala como uno de sus principales mecanismos, la creación de una Comisión de Victimas del Delito, las funciones que podrá y deberá ejercer la misma y la forma en que estará integrada.

Los comisionados que la compongan deberán cumplir ciertos requisitos tales como: ser ciudadano mexicano; no haber sido condenado por la comisión de un delito doloso o inhabilitado como servidor público, entre otros

Sin embargo, el último requisito establece que no deberá haber ocupado cargo público ni haber desempeñado cargo de dirección nacional o estatal en algún partido político, dentro de los dos años previos a su designación, así lo señaló el diputado Maza Hernández.

Lo cual según detalló el diputado, se contrapone con la experiencia que, como servidores y/o funcionarios públicos en la materia, pudieron haber adquirido, ya que muchas veces, la inexperiencia o la falta de capacitación a ocupar cargos de esta índole, conduce a la victimización institucional contra la persona.

En la entidad, actualmente se trabaja para crear la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas, sin embargo, en los requisitos para ser comisionado o comisionada de la misma, se presenta la misma interferencia con la especialidad y la experiencia, referente a la prohibición general de haber ocupado cargo público dos años previos a la designación, sin considerar los argumentos ya expuestos en este sentido.