Aplicarán acciones y cursos de sensibilidad para conductores ebrios

A fin de sensibilizar y concientizar a la población para evitar que conduzcan vehículos en estado de ebriedad, el diputado Martín Álvarez Martínez presentó una iniciativa de adición a los artículos 84 y 88 de la Ley de Tránsito del Estado de San Luis Potosí.
El legislador propuso que además de la sanción que se otorgue a la persona responsable de conducir en estado de ebriedad, el automovilista infractor deberá tomar un curso de sensibilización y educación vial; el cumplimiento se deberá dar dentro de los 15 días siguientes en que se expidió la multa, y la duración de todos los cursos y programas, no deberá exceder de 10 horas.
En nuestro país, según datos del INEGI, 24 mil personas mueren al año por accidentes de tránsito; 28 % de éstas son jóvenes hombres de entre 15 y 29 años, mientras el 6.0 % son mujeres en el mismo rango de edad. Por ello, deben plantearse mejores técnicas de manejo, educación y reeducación vial, con la combinación de estos tres factores se pueden contrarrestar los accidentes viales.
Los cursos y programas deberán ser impartidos y designados por la Secretaria de Seguridad Pública Municipal de Tránsito o su equivalente en cada ayuntamiento.
En su exposición de motivos, el legislador explica que en los casos en que se ponga a disposición del Ministerio Público a un conductor que se presuma se encuentra en estado de ebriedad o bajo efecto de estupefacientes, se hará acreedor a un arresto administrativo inconmutable de 12 a 36 horas, siempre y cuando el no se hubiera causado daños a terceros, lesiones o la muerte.
Si el conductor fuese acompañado de algún familiar o persona que cuente con licencia de conducir vigente y no tenga ingesta de alcohol, podrá hacerse cargo del vehículo invariablemente, una vez que el infractor lo autorice.
En caso de no existir acompañante alguno, el infractor deberá acceder a que el agente de tránsito proceda a realizar el depósito vehicular al lugar más cercano de su detención, posteriormente el infractor tendrá derecho a realizar una llamada telefónica, a efecto de que la persona que determine acuda a recoger el vehículo, previa acreditación de propiedad y pago del arrastre respectivo.
Finalmente, el legislador manifestó que se busca que con la correcta aplicación de la ley y sus reglamentos, se generarán conductores con mayor prudencia, responsabilidad y tolerancia, así como una deducción de los actos de corrupción. Esta iniciativa fue turnada para su análisis a la Comisión de Comunicaciones y Transportes.