Incrementan multas a quien cause daños ecológicos

En consonancia con la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, el pleno del Congreso del Estado reformó la legislación local para incrementar las multas a las personas que realicen acciones nocivas que perjudiquen el desarrollo sustentable en el Estado de San Luis Potosí.

Debido a que el medio ambiente es un bien jurídico que a todos nos toca velar, su observancia y el cumplimiento de la ley deben realizarse de forma enérgica y puntual, por lo anterior debemos de comprometernos a dar solución a las realidades que han rebasado a nuestro marco normativo.

Así lo consideraron los legisladores en el dictamen que reformó el artículo 159 en su fracción I de la Ley Ambiental del Estado de San Luis Potosí, con el objetivo de establecer que se aplicará una multa equivalente de 50 mil a 60 mil días de salario mínimo general vigente en la zona correspondiente en el momento de imponer la sanción a quien provoque daño ecológico.

Con esta reforma se armoniza la legislación local con la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente que contempla una multa máxima por daño ecológico de 50 mil a 60 mil días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal.
La reforma trae como consecuencia que dicha ley se adecúe respecto a las realidades que hoy en día nos han alcanzado, como es, que la mayoría de las empresas que dañan nuestro ambiente prefieran pagar una multa, antes de respetar los preceptos normativos.

El dictamen que se presentó al pleno del Congreso del Estado fue elaborado por la Comisión de Ecología y Medio Ambiente que preside el diputado Martín Álvarez Martínez, y señala, en la exposición de motivos, que si las sanciones se vuelven más severas para aquellas personas que prefieren destinar parte de sus ingresos para el pago de multas en esta materia, tomarán conciencia de sus actos y se mantendrá nuestro equilibrio ecológico.