INE irá contra prácticas opacas e inmorales de encuestadoras

El Consejo General del Instituto Nacional Electoral hizo hincapié en el Acuerdo de los Lineamientos y Criterios Generales de Carácter Científico, que deberán observar las personas físicas y morales que pretendan ordenar, realizar y/o publicar encuestas por muestreo, encuestas de salida y/o conteos rápidos que tengan como fin dar a conocer preferencias electorales, así como preferencias sobre consultas populares, durante los procesos electorales federales y locales en el país.

El acuerdo INE/CG220/2014 aplica tanto a nivel federal como local, por medio del cual considera las observaciones de la Asociación Mexicana de Agencias de Inteligencia de Mercado y opinión del Colegio de Especialistas en Demoscopia y Encuestas, con la finalidad de que las disposiciones se sustenten en criterios científicos y abatan consideraciones especulativas interesadas o poco serias.

También se tomaron en consideración las mejores prácticas internacionales, así como los estándares de calidad de la Asociación Mundial de Investigadores de Opinión Pública (WAPO) y de la Asociación Mundial de Investigación de Mercado Social y de Opinión (ESOMAR).
El acuerdo resalta que todas y cada una de las encuestas que sean emitidas están obligadas a señalar que son pronósticos y que garantizarán la transparencia informativa en atención a la reforma político-electoral.

El incumplimiento a lo dispuesto en los citados lineamientos será reportado en los informes que presente el Secretario Ejecutivo o su homólogo en el caso de los Organismos Públicos Locales al Consejo General u órgano de dirección superior correspondiente.
Dichos informes serán publicados en la página de Internet del Instituto y del Organismo Público Local de cada entidad federativa.