Inconstitucional, consulta popular del PRI: SCJN

Por unanimidad la  Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró  improcedente e inconstitucional la consulta popular del PRI sobre la reducción del número de legisladores federales por vía plurinominal.
La mayoría de los ministros coincidió con la argumentación del proyecto de resolución elaborado por el ministro instructor Fernando Franco González Salas, que enmarcó la pregunta impulsada por el PRI en la prohibición de cuestiones relacionadas con materia electoral, que incluye el artículo 35 de la Constitución.
Aun cuando los ministros Luis María Aguilar y Jorge Mario Pardo Rebolledo votaron a favor del sentido del proyecto de resolución (sus conclusiones) expusieron que para ellos no se enmarca en  la prohibición de la materia electoral, sino que se configura en otras de las prohibiciones establecidas por el Constituyente, ya que trastoca -desde su punto de vista- los principios del artículo 40 de la Constitución.
La pregunta que impulsaba el PRI era: «¿Estás de acuerdo en que se modifique la Constitución para que se eliminen 100 de las 200 diputaciones plurinominales y las 32 senadurías plurinomi-nales?».
En esta ocasión, el ministro José Ramón Cossío, quien había sido el único en defender la constitucionalidad de las consultas promovidas por el PAN, en relación a salarios mínimos, y por Morena y PRD, en relación a la reforma energética, avaló el sentido y los argumentos de la propuesta del ministro Franco. Y votó a favor de declarar inconstitucional la consulta impulsada por el PRI. La solicitud de consulta popular fue presentada por el dirigente nacional del PRI, César Camacho Quiroz, a la mesa directiva de la Cámara de Diputados.
Así, las cuatro consultas promovidas por el PRI, PAN, PRD y Morena serán archivadas por el Congreso.