Inconstitucional, la consulta del PRD, decide la SCJ

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), declaró improcedente e inconstitucional la consulta popular impulsada por el PRD en relación con la reforma energética. Como en el caso de More-na, nueve ministros avalaron que la pregunta diseñada de este partido se refiere a ingresos del Estado, una de las prohibiciones para instrumen-tar este ejercicio.
El único ministro que defen-dió la aplicación de la consulta popular fue José Ramón Cossío Díaz. De esta manera, el Pleno sepultó tres de las cuatro consultas populares impulsadas por primera vez en la historia de México.
El análisis de este tema se realizó en menos de media hora. Y se replicaron los criterios de la reflexión constitucional de Morena. En este ca-so, los ministros -incluso- no entraron a la revisión del fraseo de la pregunta, toda vez que desde la primera fase se deshecho la posibilidad de esta consulta.
La pregunta impulsada por el PRD era la siguiente: «¿Estás de acuerdo en que se mantengan las reformas a los artículos 25, 27 y 28 en materia energética?»
El ministro Alberto Pérez Dayán criticó el fraseo de la pregunta propuesta por el PRD, en la cual se asume que los consultados deben conocer el contenido de los artículos referidos.
El presidente de la SCJN, Juan Silva Meza, dijo que las determinaciones del pleno se hacen por acato a los candados que el Congreso estableció en la propia normatividad vigente.
Rechaza
consulta energEtica de Morena
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, declaró improcedente e inconstitucional la consulta popular impulsada por Movimiento Regeneración Nacional (Morena), que encabeza Andrés Manuel López Obrador, sobre la reforma energética. El proyecto de resolución elaborado por la ministra Olga Sánchez Cordero y avalado por la mayoría del Pleno, justificó la inconstitucionalidad de la materia de la consulta propuesta por Morena porque conculca el candado de los in-gresos del Estado.
La pregunta propuesta por Morena y sometida a análisis de constitucionalidad era: «¿Estás de acuerdo o no en que se otorguen contratos o concesiones a particulares nacionales o extranjeros para la explotación de petróleo, gas, refinación, petroquímica e industria energética?»
Así, el Pleno echó abajo la principal estrategia de López Obrador para continuar su llamada defensa del petróleo, que ha sido su principal bandera para su ascenso político.
Los ministros Luis María Aguilar Morales y Jorge Mario Pardo Rebolledo recalcaron que las decisiones jurídicas que se están tomando en el Pleno.
-el rechazo de las consultas- responden a las propias prohibiciones que los legisladores determinaron al procesar la ley federal en la materia.
«Tenemos la responsabilidad de acotar el ejercicio de este derecho conforme a las restricciones que el Constituyente estableció. Nosotros no estamos poniendo las restricciones estamos respetando lo que establece la Constitución», dijo Aguilar Morales.
Nueve ministro coincidieron en que la pregunta impulsada por Morena se enmarca en una de las prohibiciones que la propia Constitución establece para llevar a cabo consultas populares, que se trata de la eventual afectación de los ingresos del Estado.
El ministro Alberto Pérez Dayán, quien ayer fue uno de los cuatro ministros que defendió la consulta del PAN sobre salarios mínimos, explicó que su cambio de criterio se debe fundamentalmente porque los ingresos del Estado tienen como eje el petróleo.
Sobre este tema, la ministra Margarita Luna Ramos insistió en que la consulta popular no se puede convertir en un mecanismo para transformar la Constitución, el cual se confiere normativamente al Constituyente.
Agregó que permitir una consulta que eventualmente diera como resultado modificar la Constitución, sería trastocar una de las características del sistema político mexicano: el federalismo.
El único ministro que estuvo en contra del proyecto de resolución y a favor de la instrumentación de esta consulta fue José Ramón Cossío Díaz, quien advirtió nuevamente a sus compañeros que debe prevaler el derecho humano de consultar y ser consultado sobre otros criterios.