Consideran dirigido y violatorio impedimiento a ex gobernadores

Luego de que se ha llevado a cabo la armonización de nuestra Constitución estatal con la federal, a propósito de la última reforma en materia político electoral, “resulta imperioso adecuar lo dispuesto en el artículo 76 que actualmente resulta selectivo, excluyente, dirigido y violatorio del derecho político a ser candidato a gobernador por elección, a quien antes haya ocupado esa responsabilidad mediante otra vía legal”.
Esto lo dijo el diputado panista Juan Pablo Escobar Martínez, quien señaló que su propuesta de reforma a aquel artículo constitucional “busca brindar un acto de equidad electoral, pues en última instancia quien tendrá la última palabra para definir a la persona que se considera más apta para gobernar será la de la ciudadanía potosina.”
Escobar Martínez presentó una iniciativa de reforma a la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí en su artículo 76, a fin de permitir que un ciudadano que ya ejerció el cargo de gobernador del Estado pueda volver a ocuparlo, siempre y cuando no lo haya hecho mediante una elección.
La iniciativa propone establecer claramente que la única prohibición para ocupar el cargo de Gobernador del Estado es para quien lo haya desempeñado por sufragio directo; y, no podrán ser electos para el periodo inmediato quienes hayan fungido como gobernador sustituto, interino o provisional.
Actualmente, la Constitución Local establece que “en ningún caso y por ningún motivo podrá volver a ocupar el cargo de Gobernador del Estado el ciudadano que lo haya desempeñado, así hubiere sido electo por sufragio directo o con el carácter de interino, provisional o sustituto”.